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COnvenio transparencia internacional

La Conferencia Episcopal Española es consciente de la demanda creciente de información que reclama actualmente la sociedad sobre las actividades que realiza la Iglesia en España y su repercusión social.

Esta demanda, además, va unida a requerimientos de transparencia cada vez mayores en todas las actuaciones, procedimientos, cuentas, etc., en la línea de lo que se requiere también a otras instituciones de gran trascendencia pública.

Con este motivo, la Conferencia Episcopal ha firmado recientemente un acuerdo de colaboración con la ONG Transparencia Internacional España, donde se han marcado distintos compromisos en pro de la mejora de la transparencia, y que serán de aplicación tanto en la Conferencia Episcopal, como en las diócesis españolas. Se trata de compromisos para dotarse estas entidades de herramientas de gestión, técnicas, o de información y supervisión.

Con estos compromisos, la Iglesia pretende ofrecer a la sociedad su verdadero rostro, dando a conocer su forma de organización, su estructura, su financiación y las actividades que lleva a cabo en el marco de los fines de la Iglesia: la evangelización, la vivencia de fe y el ejercicio de la caridad.

Renovación del convenio de colaboración entre la Conferencia Episcopal Española y Transparencia Internacional España

REUNIDOS

De una parte, D. José María Gil Tamayo, Secretario General de la Conferencia Episcopal Española (CEE), con nombramiento vigente desde 20 de noviembre de 2013 y facultado para la suscripción del presente Convenio en virtud de lo previsto en los estatutos de la Conferencia Episcopal Española aprobados el 28 de noviembre de 2008.

Y de otra, el presidente de Transparencia Internacional España, D. Jesús Lizcano Álvarez, representante legal de dicha entidad según consta en los estatutos vigentes de esta asociación, inscrita oficialmente en el Registro Nacional de Asociaciones con fecha 2 de octubre de 2006 y número de registro 587830.

Ambas partes comparecen en nombre de las Instituciones a las que respectivamente representan, de modo recíproco se reconocen capacidad para formalizar el presente convenio y por ello

EXPONEN

PRIMERO. Con fecha 10 de diciembre de 2013 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, cuyo objeto es ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella actividad y establecer las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos y las entidades privadas que reciben fondos públicos, así como las consecuencias derivadas de su incumplimiento.

SEGUNDO. La Conferencia Episcopal Española está interesada en implementar una verdadera política de transparencia en su funcionamiento, que constituya un eje fundamental de su actividad, convirtiéndose de esta forma en un modelo de gestión transparente.

De esta forma, incluye un extenso catálogo de obligaciones de publicidad activa que las exigencias básicas estatales, facilita el derecho de acceso a la información pública de los ciudadanos y establece instrumentos y medidas de fomento de la participación ciudadana.

TERCERO. Transparencia Internacional España (en adelante TIE) es una asociación constituida al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y de sus normas complementarias, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, careciendo de ánimo de lucro.

Entre los objetivos de TIE se encuentra el de desarrollar actuaciones que permitan propiciar de forma permanente y continuada el incremento del nivel de información y apertura informativa que las distintas instituciones públicas u privadas españolas generan para conocimiento de la ciudadanía.

TIE desea colaborar actualmente en la implementación de prácticas de transparencia en la CEE.

CUARTO. El 31 de Mayo de 2016, la CEE y TIE firmaron un Convenio de Colaboración que ahora proceden a renovar explícitamente a través de este nuevo Convenio.

Por lo anteriormente expresado, las partes firmantes del presente convenio, al objeto de lograr una mayor transparencia en el funcionamiento de los poderes públicos, acuerdan someterse a las siguientes

CLÁUSULAS

PRIMERA. Objeto.

El presente convenio tiene por objeto la colaboración entre la Conferencia Episcopal Española y la entidad Transparencia Internacional España en favor de la finalidad común de lograr una mayor transparencia en el funcionamiento de la CEE.

SEGUNDA. Compromisos de la Conferencia Episcopal Española.

1.- La Conferencia Episcopal Española se compromete por la firma del presente convenio a continuar dotándose progresivamente de una política de funcionamiento más transparente y acorde a los estándares nacionales e internacionales en esta materia, a partir de la normativa vigente y con arreglo a las limitaciones derivadas de la misma.

2.- Igualmente, se compromete, conforme contempla el Anexo del presente convenio, a reforzar y asumir las medidas de transparencia y de apertura de datos que faciliten la rendición pública de cuentas de esta institución.

TERCERA. Compromisos de TIE.

TIE se compromete a realizar el control periódico y el asesoramiento necesario a la CEE para cumplir con altas cotas de calidad los objetivos establecidos por Transparencia Internacional, especialmente en todos los puntos relacionados en el Anexo de este convenio.

CUARTA. Comisión de seguimiento.

Para el seguimiento de la ejecución y desarrollo del presente convenio se mantiene una comisión de seguimiento, compuesta de cuatro miembros e integrada por dos representantes de cada una de las instituciones firmantes, de acuerdo con lo siguiente:

a) Por parte de la Conferencia Episcopal Española: D. Fernando Giménez Barriocanal y Dña. Ester Martín Domínguez

b) Por parte de TIE, D. Jesús Lizcano Álvarez y D. Beltrán Gambier.

La comisión se reunirá, al menos una vez al año y cuantas veces sea preciso para la buena marcha de la ejecución del convenio, a petición de cualquiera de las partes.

Corresponderá a la comisión de seguimiento velar por el correcto cumplimiento del convenio, impulsando la realización de cuantas actuaciones sean necesarias para su desarrollo y ejecución.

QUINTA. Vigencia del convenio.

El presente convenio tendrá una duración de dos años a partir del día de su firma y será prorrogable mediante acuerdo expreso de ambas partes por igual periodo. Dicho acuerdo se materializará mediante documento conjunto suscrito por ambas partes.

SEXTA. Extinción del convenio y resolución anticipada.

El presente convenio se extinguirá por la expiración del tiempo convenido sin ser prorrogado.

Además, el convenio se podrá resolver por cualquiera de las siguientes causas:

a) Por mutuo acuerdo expreso de las partes.

b) Por incumplimiento o irregularidades graves en la ejecución del convenio.

c)Por denuncia expresa de cualquiera de las partes, formulada con una antelación mínima de un mes a la fecha en que se quiera dar por finalizado el convenio.

SÉPTIMA. Protección de datos.

El cumplimiento de las obligaciones de este convenio se ajustará a las exigencias derivadas de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en lo que corresponde a la confidencialidad de la información y los resultados, aplicando las medidas de carácter técnico, administrativo, informático y organizativo que resulten necesarias para cumplir los requisitos legales y, en particular, garantizando la seguridad e integridad  de los datos y su protección frente a alteraciones, pérdidas, tratamientos o accesos no autorizados.

OCTAVA. Financiación.

De los compromisos asumidos por las partes como consecuencia del  presente Convenio no se derivan de forma directa obligaciones económicas con repercusión presupuestaria.

NOVENA. Naturaleza y cuestiones litigiosas.

Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación  y cumplimiento del presente convenio y que no puedan resolverse por la comisión de seguimiento, serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

De conformidad con todo lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben el presente convenio, en triplicado ejemplar, en el lugar y fecha en el encabezamiento indicado.

 

EL SECRETARIO GENERAL DE LA CONFERENCIA EPISCOPAL ESPAÑOLA
D. José María Gil Tamayo

EL PRESIDENTE DE TRANSPARENCIA INTERNACIONAL ESPAÑA
D. Jesús Lizcano ÁLvarez

Madrid, 30 de mayo de 2018

ANEXO

COMPROMISOS ASUMIDOS POR LA CONFERENCIA EPISCOPAL ESPAÑOLA EN MATERIA DE TRANSPARENCIA

La Conferencia Episcopal Española se compromete, de acuerdo con la normativa vigente y con arreglo a las limitaciones derivadas de la misma, a llevar a cabo las siguientes actuaciones dirigidas a aumentar el nivel de transparencia y apertura informativa de la propia Conferencia y de los órganos e instituciones dependientes de la misma:

  • Dar a conocer públicamente los resultados de las Campañas de IRPF de Asignación Tributaria a favor de la Iglesia.
  • Ofrecer información económica sobre el destino de los fondos recaudados en la Asignación Tributaria de cada año.
  • Mantener y actualizar el Portal de transparencia de la Conferencia Episcopal Española para ofrecer información sobre la Asignación Tributaria y otros posibles convenios nacionales gestionados por la Conferencia Episcopal.
  • Elaborar y difundir la Memoria de actividades de la Iglesia católica en España que incluya información sobre las distintas actuaciones que, a nivel consolidado, realizan las instituciones de la Iglesia de nuestro país.
  • Someter la Memoria de actividades de la Iglesia católica a un proceso de revisión por una de las grandes auditoras internacionales.
  • Impulsar el desarrollo de los portales de transparencia actuales de las diócesis, conforme al marco de contenidos requerido Realizar un informe público sobre el grado de avance.
  • Realizar un seguimiento de la implantación del Plan contable de entidades no lucrativas para las entidades religiosas (diócesis, parroquias, asociaciones, cofradías, hermandades…) aprobado en 2016. Realizar un informe público sobre el grado de avance.
  • Desarrollar los aspectos de normativa de la oficina de trasparencia y rendición de cuentas, elaborando un informe anual público sobre las actuaciones realizadas.
  • Difundir y velar por el cumplimiento de los manuales de buenas prácticas desarrollados para la Conferencia Episcopal, y para que puedan ser aplicadas en el ámbito diocesano.
  • Someter, desde el año 2019 a auditoría de cuentas el conjunto de actividades mercantiles desarrolladas por la Conferencia Episcopal.
  • Impulsar responsables de transparencia en las diócesis.
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